Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al ciudadano ROGER ALBERTO DE LA HOZ VILLALOBOS: Venezolano, natural de Maracaibo, de fecha de nacimiento 02-01-1981, de 28 años de edad, soltero, Obrero, hijo de Mercedes Villalobos y Roger de la Hoz, titular de la Cédula de identidad N° 15.195.066, y residenciado en el Barrio La Musical, avenida principal, a tres casas del Abasto Virgen del Carmen, teléfono 0414-0666079 / Barrio Raúl Leoni calle 73, casa N° 96-80 ; por la comisión del delito de DETENTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del estado venezolano; a cumplir una PENA DE DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias contenidas en el articulo 13 del código penal. SEGUNDO: Ordena la confiscación del arma incautada en el presente.....