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Decisiones del dia 01/10/2010

Formato:  Ficha  Lista

Paginas [-10] Ant 11 12 13 14 15 16 17 18 19 Sig [Total de sentencias: 184] Página 13 de 19
N° Expediente : 3893 N° Sentencia : 04 Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
ESTHER MARIA URDANETA
Resumen:
declara a la niña ESTHEFANY OLIANNY ORTEGA URDANETA, al adolescente JOSE DAVID ORTEGA URDANETA, y a los ciudadanos JESUS DAVID ORTEGA ALTAMAR, KARINA CHIQUINQUIRA ORTEGA ALTAMAR y ADIS MERCEDES ALTAMAR RANGEL como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante OLINTO DE JESUS ORTEGA quién falleció en la Parroquia La Concepción, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : 3893 N° Sentencia : 04 Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
ESTHER MARIA URDANETA
Resumen:
declara a la niña ESTHEFANY OLIANNY ORTEGA URDANETA, al adolescente JOSE DAVID ORTEGA URDANETA, y a los ciudadanos JESUS DAVID ORTEGA ALTAMAR, KARINA CHIQUINQUIRA ORTEGA ALTAMAR y ADIS MERCEDES ALTAMAR RANGEL como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante OLINTO DE JESUS ORTEGA quién falleció en la Parroquia La Concepción, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : 3836 N° Sentencia : 01 Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
JEINNY BEATRIZ GONZALEZ RINCON
Resumen:
declara al niño (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD) y a la ciudadana JEINNY BEATRIZ GONZALEZ RINCON como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante HENGELBER RAFAEL ACOSTA RIVAS; quién falleció en la Parroquia La Concepción, Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, según acta de defunción consignada. Se dejan a salvo los derechos a terceros.
Juez/Ponente:
Marlon José Barreto Ríos
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
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N° Expediente : 7226 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
MARÍA EUGENIA RIVERA SALAS Y LUIS RAFAEL CARRIÓN VITA
Resumen:
Por las razones dichas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA DISUELTO POR DIVORCIO, y de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, el VINCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos MARÍA EUGENIA RIVERA SALAS y LUIS RAFAEL CARRIÓN VITA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-17.565.701 y V-15.603.093, respectivamente, domiciliados la primera en el Campo Puerto Nuevo, Calle Providencia, Lagunillas, y el segundo en el Barrio Unión, Calle Andrés Eloy Blanco, Casa Número: 56 del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y que estos contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha seis (06) de Noviembre de Dos Mil Cuatro (2.004). En consecuencia se ordena expedir sendas copias certificadas.....
Juez/Ponente:
Elías Jésus García Lugo
Organo:
Juzgado del Municipio Lagunillas
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N° Expediente : 3118-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
FLORENTINO ALFONSO DIAZ GARCIA Y MAGALY COROMOTO PEREZ MUÑOZ
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 3141-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
JUAN ADOLFO BAUDINO Y GLORIA JOSEFINA TALES
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 3098-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
BETTY COROMOTO MARTINEZ DE GODOY Y PEDRO JOSE GODOY CABRERA
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 3085-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
RAFAEL ENRIQUE CASTILLO Y EVELYN COROMOTO NUÑEZ NAVA
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 3081-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
MONICA ILEANA LOPEZ PEÑARANDA Y ALEXANDER JOSE ROJAS MORA
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 3009-2010 N° Sentencia : Fecha: 01/10/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
ANGEL SULBARAN MARQUEZ Y CLEMENTINA DUQUE TORRES
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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