El Tribunal ordenó UNIFICAR las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta aplicadas al hoy joven adulto NOMBRE OMITIDO (GARANTÌA DE CONDIFENCIALIDAD. ARTÌCULO 545 LOPNA) con la sanción de Privación de Libertad, a los fines de realizar la ACTUALIZACIÒN del Cómputo correspondiente, a tal efecto, se acumulan las sanciones de Libertad Asistida e Imposición de Reglas de Conducta, a ser cumplidas por el lapso de Dos Años, y la de privación de Libertad, a ser cumplida por el lapso de Tres Años y Cuatro meses, dando como resultado Cinco Años y Cuatro Meses, lo cual excede del límite máximo establecido en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por lo que el tiempo de cumplimiento de las sanciones es de CINCO (05) AÑOS, las cuales se cumplirán en forma sucesiva. En consecuencia, siendo que el adolescente fue detenido en fecha 14-10-2006, se evidencia que lleva detenido 03 MESES y 17 DÌAS, por lo que falta por cumplir 04 AÑOS, 08 MESES, y 13 DÌAS......