REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



TRIBUNAL SÉPTIMO DE EJECUCIÓN
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 31 de Enero de 2006.
195º y 146º



RESOLUCIÓN No.053-06 CAUSA No 7E-079-04

Firme como ha quedado el fallo dictado por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en fecha 03-06-2004, este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la elaboración del cómputo legal respectivo:

El penado: ALFREDO JOSE GONZALEZ, titular de la Cédula de identidad N° (No Porta), fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 457 En concordancia con el articulo 84 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos JORGE EVE ROMNEY NELSON, HUMBERTO CESAR RODRIGUEZ, MARCO ANTONIO DIAZ ROJAS Y EMPRESA P.D.V.S.A.- Ahora bien, consta en Actas que el mencionado Penado fue detenido por primera vez en fecha en fecha 04-07-2003 y en fecha 02-10-2003, salio en libertad bajo Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad otorgado por el Juzgado Tercero de Control, por lo que estuvo detenido DOS (02) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS, En fecha 26-07-2004 este Tribunal le libro Orden de Captura, siendo detenido nuevamente en fecha 27-01-2006, por lo que hasta el día de hoy 31-01-2006 fecha en la cual se elabora el presente computo, lleva detenido CUATRO (04) DIAS, que sumados al tiempo que estuvo detenido anteriormente hace un total de TRES (03) MESES Y DOS (02) DIAS, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y VEINTIOCHO (28) DIAS; Cumple la Pena Principal en fecha 29-06-2006; Cumplió una ¼ parte de la Pena impuesta en fecha 29-12-2005, para el beneficio de Destacamento de Trabajo; Cumplió una 1/3 parte de la Pena impuesta en fecha: 19-01-2006, para el beneficio de Régimen Abierto; Cumple la mitad (1/2) de la Pena impuesta en fecha 29-02-2006; Cumple las 2/3 partes de la Pena impuesta en fecha 09-04-2006, para el beneficio de Libertad Condicional; Cumple las ¾ partes de la Pena impuesta en fecha 29-04-2006, para el beneficio de Confinamiento y por último se mantendrá sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad por una 1/4 parte de la Pena impuesta hasta el día: 29-08-2006.-Regístrese la presente Resolución. Remítase copia certificada de la misma con oficio a la Directora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, a la Fiscal 27 del Ministerio Publico, al Ministerio de Interior y Justicia y al Consejo Nacional Electoral.

EL JUEZ SÉPTIMO DE EJECUCIÓN (S)


DR. JULIO S. AREVALO MARQUEZ

LA SECRETARIA (S)


ABOG. KARINA LEON


En la misma fecha se registró la presente Resolución bajo el No. 053-06 y se libraron oficios N° 339-06, 340-06, 341-06 y 342-06.-








LA SECRETARIA (S)