Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN REALIZADO POR LA PARTE ACTORA, ciudadano CARLOS RAFAEL FRÍAS, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la Cédula de Identidad número 2.102.115, domiciliado en la municipio Cabimas del estado Zulia, actuando en su propio nombre y representación, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo a la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, realizada en contra de la Sociedad Mercantil SUPERMERCADO BELLA VISTA, C.A., Registro de Información Fiscal (RIF) N° J-31761944-7, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 77, Tomo 51-A, de fecha 28 de septiembre de 20.....