Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos: YELITZA DEL CARMEN BASTIDAS GUILLEN, venezolana, soltera, titular de la cedula de identidad N° V.-18.695.735, domiciliada en el sector el Nazareno, calle la Victoria, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, y el ciudadano: ALVARO LUIS MORALES BAÑOS, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-.17.581.727, domiciliado en EL Sector Valderrama, Kilómetro 19, carretera via El Guayabo, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zu.....