III
Por los fundamentos anteriormente expuestos, de hecho y de derecho este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA la extensión del lapso de presentación de cada treinta (30) por cada cuarenta y cinco (45) días, a favor de la ciudadana MARIELA DEL CARMEN VILLARREAL PAREDES, colombiana, natural de Banco Magdalena, República de Colombia, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 13-06-1965, titular de la cédula de ciudadanía N° 39.012.869, residenciada en el barrio Caucaguita, casa N° 20-01, sector 01 de Mayo, calle principal, calle El Guayabo, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, teléfono de su hermano 0277-4151113, a quien se le sigue causa penal N° C03-7201-2009, por la presunta comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSO y USURPACION DE IDENTIDAD, previstos .....