El Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual declaró: 1) INCOMPETENTE al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental para conocer y decidir el conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito en la Circunscripción Judicial del estado Lara, y el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, en la querella interdictal de amparo por perturbación interpuesta por el ciudadano Emanuel Brazao Mendoca Diogo, en su carácter de director de la sociedad civil "MADI", contra la sociedad mercantil Ingeniería Grupo 4, C.A. 2) Se ORDENA remitir el expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de que regule la competencia, por tratarse de tribunales que no tienen un superior común. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión, y a los juzgad.....