Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: El cese de las medidas de coerción personal dictadas en contra del ciudadano CARLOS ALBERTO BERMUDEZ PIRELA, titular de la cédula de identidad No. V-22.482.645, relativa a la obligación de presentarse ante el Sistema de Presentación de Imputados del Departamento del Alguacilazgo, cada treinta (30) días, de conformidad con lo previsto en el artículo 256, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello en atención al archivo fiscal que decretara la Fiscalía 19 del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante Resolución de fecha 14-07-2009, de conformidad con lo previsto en el artículo 315 ejusdem, en la causa No. VP11-P-2008-003862, iniciada por la presunta comisión del delito .....