Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, y con base en los elementos de convicción presentados, este Tribunal TERCERO de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara extinguida el ejercicio de la acción penal, y por consiguiente, el Sobreseimiento de la causa penal N° C03-22971-2008, a favor del ciudadano YORMAN ENRIQUE PIÑEIRO LOPEZ, de nacionalidad venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, soltero, de profesión u oficio carpintero, titular de la cédula de identidad N° 19.440.589, de 20 años de edad, residenciado en el Barrio Maiquetía, calle 01, casa S/N°, diagonal a la depositaria judicial de San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley org.....