REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiocho de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : VP01-L-2011-000554
En horas de despacho del día de hoy, jueves 28 de Junio de 2012, siendo las nueve de la mañana (09:00 am), día y hora fijados por este Tribunal, para llevar a efecto la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el presente procedimiento, que por PRESTACIONES SOCIALES siguen los ciudadanos JAIRO CORTES, LEONARDO RIVERA, YORMAN CORTES, JESÚS CHACIN, RENSO ROJAS, RONAL SÁNCHEZ, AUGUSTO REALES y ALBER HERNÁNDEZ, en contra de la sociedad mercantil ILLUSION´S COMERCIALIZADORA Y VENTA, C.A, (las cuales han sido suficientemente identificada en las actas procesales que conforman el presente expediente). En este estado, la ciudadana Juez que preside este Tribunal, solicita a la Secretaria que verifique la asistencia y la identidad de las partes, así como el motivo de la presente causa, procediendo el mismo a dejar constancia de la incomparecencia a dicho acto de la parte actora y de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. En tal sentido, vista la incomparecencia de ambas partes a la audiencia de juicio, la Juez de este Tribunal procedió a dictar la sentencia de forma oral de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los siguientes términos: ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
1.- EXTINGUIDO EL PROCESO QUE POR PRESTACIONES SOCIALES siguen los ciudadanos JAIRO CORTES, LEONARDO RIVERA, YORMAN CORTES, JESÚS CHACIN, RENSO ROJAS, RONAL SÁNCHEZ, AUGUSTO REALES y ALBER HERNÁNDEZ, en contra de la sociedad mercantil ILLUSION´S COMERCIALIZADORA Y VENTA, C.A,
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, DADA LA NATURALEZA DEL FALLO. ES TODO, TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.-
Se deja expresa constancia que se ordena el registro de la presente acta como resolución a los fines estadísticos.
La Juez
Abog. Brezzy Ávila Urdaneta
La Secretaria
Abog. Lisseth Pérez Ortigoza
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