declara:
a) SIN LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la niña MARYURY ALEJANDRA SUAREZ LEAL, identificada con el Nº 1012, del libro de Registro de Nacimiento que reposa la primera en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia San Carlos del Zulia Municipio Colon del Estado Zulia, y en la Oficina del Registro Civil del Estado Zulia.
b) De conformidad con los artículos 17 y 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ordena Oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia San Carlos del Zulia Municipio Colon del Estado Zulia, a fin de que se sirva estampar en el original y duplicado, de la partida de nacimiento N° 1012, perteneciente a la niña MARYURY ALEJANDRA SUAREZ LEAL, sin hacer alteración de la partida, y al margen de esta última una nota marginal señalando que a la progenitora de la referida niña, ciudadana FLOR MARIA LEAL BOHORQUEZ la Onidex, le asignó nuevo numero de cedula de identidad, por lo que de ahora en adelante su nú.....