DECLARA:
? Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre el Régimen de Visitas, de fecha 04 de Abril de 2006, celebrado por los ciudadanos los ciudadanos ROBINSON JAVIER VILLALOBOS GARCIA y SANDRA EDITH MORENO, antes identificados, asistidos el primero por la Defensora Pública Sexta abogada VERONICA GUTIERREZ y la segunda por la abogada ONEGLI CAROLINA OLLARVES ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 110.069, en beneficio de la niña STEFANY ALEJANDRA VILLALOBOS MORENO y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
? Ordena a los ciudadanos ROBINSON JAVIER VILLALOBOS GARCIA y SANDRA EDITH MORENO, a asistir a una Terapia Parental y de Orientación. Asimismo, ordena oficiar a la Acción Católica de Venezuela, Arquidiócesis de Maracaibo, Proyecto por la Unidad de la Familia (PROUFAM), a los fines de que se sirvan practi.....