CON LUGAR la presente demanda por Revisión de Sentencia por Aumento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana Katihuska Carolina Soto Benítez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-16.782.939, en contra del ciudadano Luis Jefferson Colina Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.867.056, en beneficio de la niña y/o adolescente (Omitido artículo 65 LOPNNA). Así se declara.-
En consecuencia, se fijan las siguientes cantidades:
1. FIJA como cuota de obligación de manutención mensual para la niña de autos la cantidad equivalente al veinticinco por ciento (25%) del salario integral devengado por el demandado de autos, lo que en la actualidad es seiscientos diecisiete bolívares con cuatro céntimos (Bs. 617,04).
2. FIJA para el mes de agosto, adicional a la cuota de manutención ordinaria, la cantidad equivalente a novecientos cincuenta y siete bolívares con cincuenta céntimos (Bs. 957,50), a los fines de cubrir .....