JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 25 de Octubre de 2006
196° y 147°
Visto el convenimiento celebrado en fecha veintiséis (26) de Febrero de 2006, ante la NOTARIA PUBLICA QUINTA DE MARACAIBO, quedando anotada bajo el No.83, tomo 182 de los libros respectivos, entre los ciudadanos, GREGORIA YANETH VILLALOBOS MORALES y WILLIAN JOSE RODRIGUEZ CALLES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 9.730.148 y 7.759.297,respectivamente, domiciliado ambos en esta ciudad, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando con el carácter de demandante la primera de ella y el segundo con el carácter de demandado, debidamente asistidos por los abogados en ejercicios, ciudadanos WILLIAN LEAL VIELMA y MARIA PORTILLO e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.29.316 y 60.192, portadores de la cedula de identidad Nos. 7.629.310 y 10.208.976, el primero de ellos de este domicilio y l.....