Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DUODÉCIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, al ciudadano JIM ROBERTH REYES GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° 14.658.510, venezolano, residenciado en el Barrio Integración Comunal, sector 23 de Febrero, calle 113, Maracaibo Estado Zulia, de conformidad a lo establecido en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 49° Ordinal 7° Ejusdem. Ofíciese bajo el N° 2616-06 al Director del Centro de arrestos y detenciones El Marite ordenando su inmediata Libertad. La presente decisión queda registrada bajo el N° 3075-06, Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Trigésima Novena del Ministerio,