Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL Y COBRO DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, incoada por la Sociedad Mercantil INVERSORA EL TRIANGULO C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 7 de Diciembre de 1982, bajo el No. 57, Tomo 66-A, R.I.F No. J-070236337, en contra la Sociedad Mercantil MERCATODOS J & H C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción del Estado Zulia, en fecha 25 de enero de 2011, bajo el No. 21, Tomo 6A, con Registro de Información Fiscal No. J-30907786-4, por configurarse una inepta acumulación de pretensiones, ello de conformidad con los términos expuestos en la.....