¿ Consumado el Acto Procesal del Convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 10 de Marzo de 2008, celebrado entre los ciudadanos NINOSKA ELISABETH PARGAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.282.470 y LEONARDO ENRIQUE RANGEL TALAVERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.757.042, asistidos la primera por la Defensora Pública Nº 6, Abogada DAYNUS ROJAS, y el segundo por la Abogada YSMARA SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.815, en beneficio de los (as) niños (as) YINORKA NOEMI DE LOS ANGELES Y LEONAR ENRIQUE RANGEL PARGAS, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
¿ Se ordena oficiar al Colegio Jesús Enrique Lossada, a fin de que le sean entregadas las listas escolares y constancias de estudios de los niños YINORKA NOHEMI DE LOS ANGELES y LEONAR ENRIQUE RANGEL PARGAS, a su p.....