Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• CON LUGAR la solicitud de TUTELA, interpuesta por la ciudadana ROSA ALBERTINA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.210.302, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, a favor de la niña JOSMELY CHIQUINQUIRA LEAL PINEDA, de un (01) año de edad.
• SE DESIGNAN A LOS SIGUIENTES CIUDADANOS COMO: TUTORA: ROSA ALBERTINA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.210.302, PROTUTORA: MARITZA FELIPA PINEDA LEAL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número V-12.408.304, SUSPLENTE DE LA PROTUTORA: la ciudadana.....