PRIMERO: El penado de autos fue condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO y se encuentra detenido desde el día 05/09/2001 hasta el día de hoy, ambos inclusive, esto es que tiene un tiempo de reclusión de CUATRO (04) AÑOS Y DIECISISETE (17) DÍAS, mas un tiempo redeimido de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, ONCE (11) DÍAS Y DOS (02) HORAS, da un total de pena cumplida de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES, VEINTIOCHO (28) DÍAS Y DOS (02) HORAS; faltando por cumplir DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES, UN (01) DÍA Y VEINTIDOS (22) HORAS; cumpliendo la pena impuesta en fecha 23/02/2008 A LAS VEINTIDOS (22) HORAS y podrá optar por el Beneficio de quien se encuentra apto para el beneficio de LIBERTAD CONDICIONAL y podrá optar al beneficio de CONFINAMIENTO en fecha: 23/02/2006, respectivamente.
SEGUNDO: Las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal, impuestas al reo son:
1.- INHABILITACIÓN POLITICA:.....