DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho FRANCHIN ANTONIO PALENCIA TERAN, obrando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN FELICIA CHAPARRO SEVERIN, contra la decisión de fecha 06 de Mayo del 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, signada bajo el N° 1S-071-05, mediante la cual se negó la entrega material en calidad de déposito del vehículo marca: DAEWOD, modelo: Matiz Se Sic, uso: particular, serial de carrocería: KLA4M11BDYC483806, serial del motor: F8CV485229, años: 2000, color: plata, clase: automóvil, placas VAY-19Z, a la ciudadana CARMEN FELICIA CHAPARRO SEVERIN.