Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus NORMAN ALBERTO CABELLO RONDON; quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad número 588.439, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, a los ciudadanos ELIZABETH MERCEDES CABELLO DE DELGADO, LILIANA DEL VALLE CABELLO GUTIERREZ, FRANCISCO JAVIER CABELLO GUTIERREZ, MARIA DANIELA CABELLO GUTIERREZ, NICOLAS JESUS CABELLO GUTIERREZ y JOSE ALBERTO CABELLO FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 7.844.860, 10.084.498, 10.084.499, 11.890.147, 15.442.500 y 16.606.236,, respectivamente, y de igual domicilio, en s.....