Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Sexto Accidental de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• SIN LUGAR EL PUNTO PREVIO, planteado por la parte requerida, Consejeros de Protección del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, ciudadanos ADELA CUMARE, WILSON DOMINGUEZ y DIANELA MORALES, titulares de las cédulas de identidades Nos. V-9.012.103, V-6.750.745 y 15.010.736 respectivamente.
• SIN LUGAR LA ACCION JUDICIAL POR DISCONFORMIDAD, interpuesta por la parte requirente, ciudadana DALYS COROMOTO CUICAS GARCES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.844.795, domiciliada en el Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, debidamente asistida por las Abogadas en ejercicio NIDIA BARRIOS y FELICITA CASORLA, inscritas en el .....