JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, ____________ ( ) de Marzo de 2012. Años 201º y 152º.- Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana GLORIA MARGARITA SOTO BRACHO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 5.820.425, debidamente asistida por el abogado en ejercicio MARCOS OQUENDO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el número 24.146, y de este domicilio, el Tribunal pasa a resolver el presente asunto. Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que los ciudadanos ROLENDIO JOSE SOTO BRACHO, BEATRIZ DE LOS ANGELES SOTO BRACHO, GLORIA MARGARITA SOTO BRACHO y LUIS EMIRO SOTO BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 4.529.815, 5.820.424, 5.820.425 y 4.529.814 respectivamente, debidamente asistidos.....