PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO presentado en fecha Veintiocho (28) de Abril de Dos Mil Catorce (2014), por los ciudadanos: WESLEY ENRIQUE MATOS MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.777.290, domiciliado en el municipio Lagunillas del estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio ALFREDO MANZANILLA, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.915; y MAYERLIN JOSEFINA BASALO ULACIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.330.500, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio JUSTINIANO RODRIGUEZ, inscrito en el Inp.....