¿ CONCEDE AUTORIZACION AMPLIA Y SUFICIENTE al ciudadano JOSE MANUEL NORIEGA ATENCIO, titular de la cédula de identidad N° 10.452.177, para que en su condición de curador de la niña y el adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), COMPRE en representación de los mismos, el 16,66% para cada uno, totalizando un porcentaje de 33,32%, en comunidad con su progenitora ciudadana OLGA BEATRIZ NORIEGA ATENCIO, quien detentará el porcentaje restante, es decir, 66,68 sobre los derechos de dominio, propiedad y posesión, del inmueble descrito en la primera parte de esta resolución, por la cantidad de TRESCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.320.000,oo).
¿ Se insta a la ciudadana Olga Beatriz Noriega Atencio, que una vez formalizada la compra del inmueble, sea consignada en actas copia certificada del documento de propiedad a los fines de verificar el porcentaje que le corresponde a la niña y el adolescente (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD).