En consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, SALA DE JUICIO, JUEZ PROFESIONAL UNIPERSONAL No. 02, en la persona de la Abogada ZULIMA BOSCAN VASQUEZ, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, suscrito en fecha Quince (15) de Enero de 2.009, por ante este Tribunal, por los ciudadanos: ELIMARIE LISSETH FONSECA LEAL, venezolana, mayor de edad, casada, Abogada, titular de la cédula de identidad No. V-13.590.730, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Baralt del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio GREYLEEN VILLALOBOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 103.105, y GABRIEL JOSE CÓRDOVA SANZ, extranjero, mayor de edad, casado, Obrero, titular de la cédula de identidad No. E-81.796.438, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia, asistido por la Abogada en Ejercicio .....