En ese estadio procesal, ocurrió ante este Despacho, el ciudadano GUSTAVO TORRENT BRACHO, asistido por la abogada en ejercicio CARMEN MORENO DE CASAS, antes identificada, exponiendo su decisión de desistir del procedimiento, reservándose el ejercicio de la acción, y observando que la demandada no ha sido citada por lo que no ha habido contestación a la demanda, no se hace necesario el conocimiento de esta, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 ejusdem, le imparte la aprobación al desistimiento del procedimiento, en los términos y condiciones expresados, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara terminada la causa y se ordena el cierre y archivo del expediente.
En relación al pedimento formulado, este Tribunal ordena devolver los documentos originales solicitados, previa consignación de .....