Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE lA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO incoara el ciudadano CARLOS ANTONIO MERCADO MORALES contra el ciudadano CARLOS ALBERTO MERCADO BASTIDAS, ambos ya identificados, en consecuencia, se ordena la rectificación del acta de nacimiento signada bajo el N° 1.456, perteneciente al demandante, asentada el día 20 de Noviembre de 2001, ante la Intendencia de la Parroquia San Rafael del Municipio Mara del Estado Zulia; en el sentido siguiente: en ambos asientos, donde se lee: "...por Carlos Alberto Mercado, venezolano, de treinta y siete años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 7.836.040...", debe leerse: "...por Carlos Alberto Mercado, colombiano, de treinta y siete años de edad, soltero, obrero, titular de la c.....