Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN PARA VENDER BIENES INMUEBLES, constituidos por:
• Una inmueble formado por la parcela distinguida con el N° II 02-15 y la vivienda sobre ella constituida, tipo D de manzana 2, Urbanización Oasis Country II Villas, en la intersección de la avenida 11A con la calle 25, en el sector conocido como "Santa Rosa de Tierra", en la jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa, Municipio Maracaibo Estado Zulia, construida sobre un terreno propio y tiene como superficie aproximada 184 M2, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: en 18,40 Mts, con la parcela II 02-14; SUROESTE: En 18,40 Mts, con la parc.....