SE ACUERDA MANTENER LA MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD, al IVAN JOSE FERNANDEZ PIÑA, de nacionalidad Venezolano, natural de Mene Grande, Estado Zulia, fecha Nacimiento: 23-07-1971, de 37 años de edad, estado civil casado, de obrero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 12.330.125, hijo de América Coromoto Piña y de Rafael Fernández, domiciliado en el sector la victoria, calle 7, entre la avenida 1 y la 2, cerca de la plaza bolívar, la casa es verde, es de bloque, tiene rejas de color blanco, Municipio Valmore Rodríguez, Estado Zulia, según lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, negando así la revisión de la mencionada medida de conformidad con el artículo 264 ejusdem.