JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 18 de Abril de 2008.
197º y 149º
Vista la apelación de fecha 14 de los corrientes suscrita por el abogado en ejercicio FIDEL ANTONIO CASTRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.200, con el carácter de apoderado de la parte demandada, recaída sobre la sentencia dictada en el Tribunal de fecha 28 de febrero de 2008, donde declaró sin lugar la demanda que por TACHA interpuso el ciudadano MIGUEL MARSILLA en contra del ciudadano RAFAEL OJEDA ROMERO, el Tribunal observa de las actas procesales que la última notificación de las partes relativa a dicha decisión se verificó en fecha 03 de abril de 2008, comenzando a correr al día siguiente el lapso para interponer el recurso de apelación, el cual se llevó a efecto el día 14 de los corrientes, razón por la cual NIEGA la apelación antes dicha por extemporánea, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
EL JUEZ PROVISORIO,

CARLOS RAFAEL FRÍAS.- La Secretaria,

María Rosa Arrieta Finol.




CRF/pg.-