Vista la solicitud de AUTORIZACION DE PASAPORTE presentada por la ciudadana: JANEIRA VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.735.166, de este domicilio, a favor de los derechos de su hijo, el Niño: (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistido por la DEFENSORA PÚBLICA SEGUNDA EN MATERIA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, ABG. VERONICA GUTIERREZ, admítase, anótese, numérese y fórmese expediente. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en Artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 52 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, AUTORIZA a la ciudadana: JANEIRA VELASQUEZ, antes identificada, para que en nombre y represe.....