En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano LUIS ROBERTO SILVA CARABALLO, De Nacionalidad Venezolano, Natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, Nacido en fecha 17-05-1990, De 20 Años de Edad, Estado Civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.434.607, de Profesión U Oficio ayudante de albañilería, Residenciado en la Guardia, calle San José, Sector el Bolsillo, casa S/N tipo rancho, en las invasiones, cerda del bodegón el Rincón de José, Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS, ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149.....