Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, prevista en el ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referida a la presentación del JOSE MARTIN VALERO SANDREA, titular de la cédula de identidad 9.706.890, fecha de nacimiento 09-10-65, de 42 años de edad, soltero, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, hijo de José Ramón Valero y Ada Elisa Sandrea de Valero, residenciado Barrio Francisco de Miranda, Avenida 67, N° 79-100, al lado de la Tintorería Lavo-bien, Teléfono 7533725, Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión de delito de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO , previsto y sancionado en el articulo 322 del Código Penal, cometido en perjuic.....