Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA otorgar al penado JULIO RAUL LEON, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 6.833.412, hijo de Luis Mendoza y Beatriz León, residenciado en el Barrio Negro Primero, Calle 9, N° 32 a detrás de la ferretería Andi, San Francisco, estado Zulia, como formula alternativa de cumplimiento de pena el Beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 501 ejusdem y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, quien laborara en la CAUCHERA SAN BENITO, UBICADO, CALLE 22, AVENIDA SAN FRANCISCO, MARACAIBO, ESTADO ZULIA, en un horario comprendido de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 12:00 p.m, Y desde las 2:00p.m. hasta las 5:00 p.m.....