Por los fundamentos y argumentos de Derecho antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL CUMPLIMIENTO DE PENA PRINCIPAL DE DOS (02) AÑOS DE PRISION DEL PENADO ALEXANDER DE JESUS VILLASMIL, de nacionalidad Venezolana, natural de Perijá, Municipio Machiques de Perijá, de 31 años de edad, estado civil casado, fecha de Nacimiento 14-06-73, de profesión u oficio Obrero Petrolero, titular de la cédula de identidad N ° V-13.592.928, hijo de DEYI JOSEFINA VILLASMIL y de BLADIMIR OSORIO, y residenciado en el Barrio Luis Aparicio, avenida 48 B, casa N ° 159-186, entrando por "Super Placas", avenida La Cañada, San Francisco, Estado Zulia, faltándole por cumplir la Pena accesoria de la Sujeción a la Vigilancia de la Autoridad Civil , por el tiempo de DOS (02) MESES y DIES.....