PRIMERO: se declara COMPETENTE para conocer el presente Interdicto de Amparo (Apelación),interpuesto por los ciudadanos LUIS GUILLERMO MOSQUEDA, MARCOS J. PEREZ, PEDRO LORENZO VILLAFRANCA, ERMO VILLAFRANCA y LUISA BELTRANA ACUÑA, venezolanos, mayores de edad de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.288.552. V-12.155.333, V-12.539.009, V2.839.585 y V-2.638.547, respectivamente, representados Judicialmente por los Abogados en Ejercicio Ramón A. Simosa e Isrrael J. Pérez Acevedo, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 38.828 y 64.635, respectivamente, en contra del LENIN ANTONIO MILANO LATUFF, venezolano, mayor de edad, Productor Agropecuario, titular de la cédula de identidad número V-11.010.056, domiciliado en la carretera nacional la Pica-Vuelta Larga, finca "Las Potrancas" Parroquia La Pica, Municipio Maturín, estado Monagas.
SEGUNDO: Declara consumada LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y por tanto extinguido .....