DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado JOSÉ LUIS RONDON, titular de la cedula de identidad N° 13.175.869, Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, electricista, hijo de Flor Ines Rondón y Padre Desconocido, residenciado en Haticos por arriba, barrio Ricardo Aguirre, la Principal, cerca de la funeraria Buena Vista, frente a la tienda Polo, Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1º del articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando supeditado a la Vigilancia a la Autoridad hasta el día 29-03-2009. Regístrese la presente decisión. Librese Boleta de Excarcelación y remítase con oficio a la Cárcel Nacional de Marac.....