DISPOSITIVA
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: DECLARAR EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, en la presente causa iniciada en contra del penado JOSÉ ALBERTO CASTILLO LUZARDO, venezolano, natural de Ciudad Ojeda Estado Zulia, mayor de edad, casado, ayudante de mecánica, titular de la cédula de identidad N° V-11.959.507, hijo de padres desconocidos, con domicilio en la Calle Rómulo Gallegos, casa S/N, Tasajeras Ciudad Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por el delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Regístrese la presente la presente dec.....