"Por los fundamentos antes Expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECIDE: DECLARA SIN LUGAR EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, solicitado por la DEFENSA, que conforman el presente asunto penal, seguido en contra del (de los) imputado (s) JUAN BAUTISTA TERAN TOVAR, de nacionalidad venezolana, natural de Nueva Venezuela, Cabimas, Estado Zulia, de 18 años de edad, fecha de nacimiento 03-11-1990, de esta civil soltero, sin ocupación definida, titular de la cédula de identidad No. V-19.120.829, Teléfono:0426-9691837, con domicilio procesal en la Calle D, Casa No.45-14, Urbanización Nueva Venezuela, Ciudad Ojeda, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA , previsto y sancionado en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Vi.....