decide:
a) DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos NELSON JOSE BOSCAN BARROSO y KARIN RUTH PAEZ RINCON, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 14.524.596 y 13.298.693, respectivamente, domiciliados en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.
b) APRUEBA Y HOMOLOGA, el convenio suscrito por los progenitores respecto de las instituciones familiares dirigidas a proteger a los niños (se omiten los nombres de los niños, niñas y adolescentes por razones de confidencialidad), en el cual se establece lo siguiente:
¿ La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza, serán compartidas por ambos progenitores.
¿ La Custodia la detentará la progenitora, ciudadana KARIN RUTH PAEZ RINCON.
¿ En cuanto a la obligación de manutención el padre suministrara la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) mensuales, así como todos los gastos de vestuario, educación, medicinas, médico (consultas) y todos los gastos que los niños necesit.....