DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JUAN GABRIEL TARRA ACEVEDO, natural de Arjona Bolívar, Colombia, titular de la Cédula de Identidad Colombiana N° 7.938.381, fecha de Nacimiento: 04/06/1983, de 26 años de edad, estado civil Soltero, profesión u Oficio Carpintero, hijo de los ciudadanos DORIS ACEVEDO y OSCAR HERNANDEZ, residenciado en Barrio Santa Cruz, Sector Los Mangos, Calle Principal, a diez casas de la Bodega del Sr. Luis, Municipio Baruta, Distrito Capital, Teléfono: 0426-4059212, por el delito de USURPACION DE IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 47 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia deberá el mencionado ciudadano presentarse periódicamente cada TREINTA (30) DIAS, ante la Oficina de Atención al Público (OAP) del Departamento de Alguacilazgo de este Circuito Penal de Cabimas y la prohibición de salida de la jurisdicción del Tribunal, de confo.....