En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente Secuestrado Judicialmente el bien mueble (vehículo) señalado, descrito y avaluado, y hace entrega del mismo a la Secuestrataria Judicial nombrada y juramentada, la cual, a requerimiento del Tribunal informó que dicho vehículo será depositado en la siguiente dirección: calle 18 de Octubre, esquina con calle Páez, de la ciudad de la Villa del Rosario, en jurisdicción de la parroquia El Rosario del municipio Rosario de Perijá del estado Zulia. Igualmente el Tribunal le señala a la Secuestrataria Judicial, que según los términos del despacho de exhorto, dicho vehículo no podrá ser trasladado a otra dirección, ni usarlo, ni disponer de él, de ninguna forma sin autorización del Tribunal de la Ca.....