Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del estado Nueva Esparta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados Juan Bautista Mata y Jesús Miguel Salazar, a favor de sus defendidos Onam Rafael Gómez Marín y Rusgrelys Marcaulys Ruiz Puerta, ya identificados. SEGUNDO: Se confirma la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal, de fecha 27 de febrero de 2009, que decretó Medida Cautelar Sustitutiva a la de Privación de Libertad, en contra de los imputados Onam Rafael Gómez Marín y Rusgrelys Marcaulys Ruiz Puerta, ya identificados, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado Frustrado en grado de Complicidad, previsto y sancionado en los artículos 452 numerales 3 y 9 del Código Penal en concordancia con lo dispuesto en los artículos 80, 82 y numeral 3 del artículo 84 eju.....