Primero: Se decreta el archivo judicial de la presente causa seguida en contra de los ciudadanos, NAIVY CAROLINA PIRELA, titular de la cédula de identidad V-17.939.954, de fecha de nacimiento 5-10-1986, hija de Naudi González y José Pirela, residenciado en la parroquia Cristo de Aranza, Barrio Ricardo Aguirre, calle 114, casa sin número, detrás de la Funeraria Maracaibo del estado Zulia, JULIANA ANDREÍNA BORDONES, titular de la cédula de identidad V-18.381.594, residenciada en la parroquia San Isidro, Villa San Isidro, etapa 6, casa 9B-21 del municipio Maracaibo del estado Zulia, HERNANDO GERMÁN BARRIOS, titular de la cédula de identidad V-13.742.731, de fecha de nacimiento 14-12-1977, hijo de Inés Charris y Antonio Barrios, residenciado en la parroquia Cristo de Aranza, Barrio Ricardo Aguirre, calle 114, casa sin número, detrás de la Funeraria Maracaibo del municipio Maracaibo del estado Zulia; y EULIS DEL CARMEN VERA, titular de la cédula de identidad V-16.560.713, residenciada en la.....