Por los fundainentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA LIBERTAD POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, del penado ENDER ANTONIO BRACHO VIVAS, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad N° NO PORTA, hijo de Ender Bracho y Josefina Vivas. quedando sujeto a las penas accesorias de Ley hasta el 09-05-06. Registrese la presente Resolucion, librese boleta de Excarcelacion y remitase con Oficio al Director de la Carcel Nacional de Maracaibo, Notifiquese.-