Con base a los fundamentos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. Desestima la solicitud propuesta por la Defensa del ciudadano imputado JHONNY LUIS URDANETA, de nacionalidad Venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, nacido el 14-08-80, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.580.277, estado civil soltero, profesión u Oficio Obrero, hijo de LUIS ANTONIO COY y de CARMEN CECILIA URDANETA, y residenciado en el Barrio Juan de Dios, calle El Muro, casa S/N, en la esquina del estadio, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien se le sigue proceso por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 3, literal A e.....