este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de sus atribuciones legales conferidas en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECRETA: PRIMERO: El CESE DE LA SANCIÓN de IMPOCISION DE REGLAS DE CONDUCTA, impuestas al adolescente (SE OMITE POR CONFIDENCIALIDAD ART. 545 LOPNNA), Estado Zulia, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3, 5, 8 y 10 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 83 del Código Penal y PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD EN CALIDAD DE COAUTOR, previsto y sancionado en el articulo 174 en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, delitos estos sancionados en la Ley Orgánica para.....