Examinados los documentos acompañados y la norma ut supra transcrita, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FLORA HERMELINDA MANZANILLA DE VÁSQUEZ; quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número 5.493.433, domiciliada en el municipio Lagunillas del estado Zulia, a los ciudadanos JESÚS RAMÓN VÁSQUEZ, ALBA MARINA DEL CARMEN VÁSQUEZ MANZANILLA, FLOR MARÍA VÁSQUEZ MANZANILLA y NANCY JOSEFINA VÁSQUEZ MANZANILLA, venezolanos, mayores de edad, viudo el primero de los nombrados, divorciada la segunda, soltera la tercera y casada la última, titulares de las cédulas de identidad números 1.069.043, 9.162.070, 7.856.705 y 5.500.532, respectivamente, y domiciliados en el muni.....